Quedan exentas todas aquellas actividades deportivas al aire libre que requieran tal esfuerzo que dificulten la respiración
A partir de mañana jueves 21 en espacios cerrados y en la calle cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de dos metros para los mayores de 6 años pasa de ser recomendable a obligatorio el uso de la mascarilla. Ante las dudas generadas sobre cómo compatibilizar el deporte con el uso de la mascarilla protectora el Ministerio de Sanidad ha aclarado que no será obligatorio su uso aunque vuelven a destacar la importancia de guardar las medidas de distanciamiento social como la medida más eficaz para frenar la pandemia del Covid-19.
Hay que volver a recordar que la práctica deportiva está solo permitida en horarios determinados (de 6 a 10 de la mañana y de 20 a 23 horas salvo en las poblaciones de menos de 5000 habitantes, que no de 10000 ya ese cambio normativo se anunció pero no ha sido publicado en el BOE) y de forma individual. No está permitido correr, ir en bici o patinar acompañado.
Según la orden quedan exentas de esa obligación «actividades incompatibles» con su uso, como la ingesta de alimentos y bebidas, y en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Aunque la orden no especifica todas las «actividades incompatibles», ir en bicicleta y correr se incluirían entre ellas, según fuentes del Ministerio de Sanidad, quedan exentas todas aquellas actividades deportivas al aire libre que requieran tal esfuerzo que dificulten la respiración. Asimismo, quedan fuera de la obligación las personas con alguna dificultad respiratoria o en las que esté contraindicado su uso por motivos de salud o discapacidad, en tanto que son recomendables para los niños de entre 3 y 5 años.
Pese a no ser obligatoria, sí es que es recomendable que si no usamos mascarilla llevemos una braga de cuello que nos tape boca y nariz mientras vamos en bici o sobre todo corriendo, ya que hay momentos en los que no es posible guardar la distancia de seguridad.